Los titulares de vehículos automotores ya pueden realizar la denuncia de venta ante la ATER. A partir de ese momento quedará limitada la responsabilidad del denunciante y el único responsable del pago del impuesto será el denunciado.

Los requisitos para realiza el trámite:

Los contribuyentes en situación de realizarlo deberán presentarse personalmente a las oficinas de atención con la siguiente documentación:

– Formulario Denuncia de Venta Impositiva (form. ATER C72) DESCARGUE AQUÍ

– Copia de la denuncia de venta registral presentada ante el RNPA por el vendedor.

– Boleto de compraventa (ó formulario 08) con firma certificada por ambas partes y el sellado correspondiente. *

– Libre deuda del automotor. Al momento de presentar la denuncia impositiva de venta el vehículo no debe poseer deuda. Del mismo modo debe estar  al día con los vencimientos en curso (si lo hubiera).

– Constancia de intimación (carta documento) al comprador donde conste el pedido previo de formalización de la transferencia ante el registro.
(*) Cuando se entrega a comerciante habitualista, podrá adjuntarse la factura de compra de compraventa donde consigne fehacientemente el vehículo entregado.

Por otro lado, recordaron que este trámite se puede realizar siempre que se haya  producido la venta del 100% del vehículo.

Puede consultar la Resolución Nº 397/2019 de ATER: https://www.ater.gob.ar/Normativas/uploaded/2019/resolucion%20397%20-%20denuncia%20imp%20vta.pdf