Las medidas adoptadas serán:

  1. Régimen Simplificado del impuesto a los ingresos brutos: los contribuyentes de las categorías A y B quedan exentos del pago del vencimiento de abril de 2020.
  2. Actualización de valores de Régimen Simplificado, mínimos de Ingresos Brutos, Profesiones Liberales y Tasas Retributivas: se postergan hasta el mes de Junio. (estaban previstos para el mes de Abril)
  3. Los tributos con vencimiento entre el 17 y 31 de Marzo de 2020, quedan exceptuados del pago de intereses y recargos, siempre que se abonen antes del 30 de Junio.
  4. Impuesto Inmobiliario: el vencimiento del Inmobiliario Rural, que estaba previsto para abril, se posterga al mes de mayo.